¿En qué casos tengo que devolver la Beca MEC?
Para poder optar a la beca MEFP, deben cumplirse ciertos requisitos. Además, para conservar la beca, se deben mantener otros requisitos; de lo contrario, la beca deberá ser devuelta.
En determinadas situaciones, un estudiante puede tener que devolver al Ministerio de Educación y Formación Profesional su beca MEC. Estos casos pueden implicar una devolución parcial o total del dinero.
Desde Becasmecinfo te explicamos las causas de devolución de una beca y cómo se ha de proceder para devolver el importe que reclama el Ministerio.
Causas de devolución del dinero de la Beca
Si se le ha concedido la beca mec, es importante que cumpla ciertos objetivos para que no se le retire la beca. Esto incluye criterios tanto académicos como generales que deben cumplirse. El incumplimiento de estas expectativas puede dar lugar a que el Ministerio de Educación cancele la beca mec.
Causas generales
Dentro de los motivos de carácter general por los que puede retirarse una beca a un alumno se encuentra.
- Ocultación de datos o el uso de datos falsos en el momento de presentar la solicitud de beca.
- Obtención de la beca junto a una ayuda incompatible.
- Error de la administración.
- Incumplir los requisitos que el Ministerio solicitaba para la concesión de la beca.
Causas de devolución para los estudiantes universitarios
Todos los estudiantes universitarios que hayan obtenido una beca deberán de devolver el importe de la misma en el caso que:
No superar el 50% de los créditos: El estudiante debe reembolsar la totalidad de la beca si más del 60% de los créditos en los que se ha matriculado no son convalidados o reconocidos. Este porcentaje se reduce al 40% en el caso de las titulaciones técnicas o científicas. La beca de estudios está excluida de este requisito.
No presentar el proyecto de fin de carrera: en un plazo de dos años, cuando se ha concedido una beca para poder realizar dicho proyecto.
Haya cancelado la matrícula: Para el año académico para el que solicitó la beca, o si ha cesado sus estudios sin retirarse formalmente de la universidad, su derecho a la beca sigue siendo válido.
Causas de devolución para los estudiantes NO universitarios
Los becarios de MEC deben utilizar los fondos para sus estudios. El incumplimiento será evidente si los estudiantes no universitarios no pueden demostrar que la beca se ha destinado a sus estudios.
- Se den de baja del centro educativo antes de que finalice el curso por el cual se han matriculado.
- No asistir al 80% de horas lectivas o más, es decir, una reducción del 20% de las horas trabajadas en el transcurso del año conllevará la revocación de la beca.
- Suspender el curso, siempre y cuando se trate del curso de acceso o del de preparación a la formación profesional.
- No aprobar el 50% de las asignaturas o las horas por las cuales se ha matriculado el alumno, ya sea en el periodo ordinario o extraordinario.
- No presentar el proyecto de fin de estudios cuando se ha obtenido una beca para ello.
¿Cómo sé que tengo que devolver la beca MEC?
Para garantizar la devolución de su beca, esté atento a la sección "Mis notificaciones" de la Sede Electrónica. El Ministerio de Educación puede ponerse en contacto con usted en los cuatro años siguientes a la recepción de la beca para solicitar el reembolso.
Si ha interrumpido sus estudios, no ha superado los créditos necesarios o no cumple otros criterios, le aconsejamos que guarde el dinero en un lugar seguro hasta que pueda volver a solicitarla.
¿Cómo se lleva a cabo el reintegro de la beca?
Para poder llevar a cabo el reintegro de la beca primero se ha de generar una resolución, que llegará junto a la notificación a la Sede Electrónica del MEC o se informará a través de correo ordinario.
Notificación de ingreso voluntario: La notificación inicial trae consigo el formulario 069, que permite el pago de dinero en cualquier banco sin intereses durante el primer año. Este pago voluntario no constituye la elaboración de un expediente de reintegro, por lo que no se pueden presentar declaraciones con el formulario que aquí presentamos. Si cree que hay un error, puede llevar la documentación necesaria a su Unidad de Becas para demostrarlo.
Expediente de reintegro: Si la beca no se devuelve en el plazo fijado por el Ministerio, se abrirá un expediente de reembolso, con un plazo de devolución que no devenga intereses. La notificación enviada a través de la Sede Electrónica incluirá el formulario 069. El alumno dispone entonces de 15 días para presentar alegaciones. Si se aceptan, se enviará una carta de cierre del expediente.
Resolución del expediente de reintegro: El Ministerio emitirá una resolución del expediente de reintegro, con intereses, si la beca no ha sido abonada a la Administración después de haber presentado el expediente y haber sido denegadas las alegaciones. El Ministerio también lo notificará tanto al estudiante como a la Agencia Tributaria.
¿Hay facilidades para el pago?
En la Agencia Tributaria puedes solicitar un plan de pagos para reembolsar tu beca, de manera que no tengas que hacer el pago completo de una sola vez.
¿Cuáles son los intereses de demora?
Si se ha generado la resolución para su reembolso y aún no ha pagado, puede estar sujeto a un cargo de interés de demora del 4%. Además, si no se efectúa el pago, se puede proceder a una acción de ejecución que incluye la posibilidad de aplicar hasta un 20% de recargos.
¿Qué sucede si no devuelvo el dinero?
Si se han agotado todas las opciones de reembolso y ha transcurrido el plazo ofrecido por la Administración, se puede proceder al embargo para cubrir tanto el reembolso como los intereses acumulados.